La negociación del Tratado Antártico en diciembre de 1959 siguió al éxito del Año Geofísico Internacional (AGI, 1957-1958). Desde entonces, la investigación científica ha sido la principal actividad en el continente antártico. Tanto el Tratado Antártico como el Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente ponen de relieve la importancia de la ciencia y la cooperación científica en el Sistema del Tratado Antártico. El artículo II del Tratado dice: “La libertad de investigación científica en la Antártida y la cooperación hacia ese fin… continuarán”. De acuerdo con el artículo III, las Partes acuerdan proceder al “intercambio de observaciones y resultados científicos sobre la Antártida, los cuales estarán disponibles libremente”.
Además de los signatarios originales, en la adopción de decisiones pueden participar únicamente los países que demuestren interés en la Antártida “mediante la realización en ella de investigaciones científicas importantes” (artículo IX.2). El Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente, en su artículo 2, designa a la Antártida como una “reserva natural, consagrada a la paz y a la ciencia”.
La ciencia antártica ha llevado a avances tales como el descubrimiento del agujero de ozono (1985) y la recuperación de datos sobre el clima de los últimos cientos de miles de años. La RCTA, con el asesoramiento experto del Comité Científico de Investigación Antártica (SCAR) y el Consejo de Directores de Programas Antárticos Nacionales (COMNAP), ha adoptado numerosas medidas sobre cooperación en materia científica y en cuestiones operacionales tales como telecomunicaciones, meteorología, transporte y otros temas de relevancia para los programas de investigación antártica.
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