Las zonas especialmente protegidas fueron creadas en 1964 en virtud de las “Medidas convenidas para la conservación de la flora y fauna antárticas”. El Anexo V del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente, que fue adoptado en 1991 y entró en vigor en 2002, reemplazó a las categorías anteriores de zonas protegidas, disponiendo la designación de zonas antárticas especialmente protegidas (ZAEP) y zonas antárticas especialmente administradas (ZAEA).
Cualquier zona antártica puede ser designada como ZAEP a fin de proteger valores científicos, estéticos, históricos o naturales sobresalientes, cualquier combinación de estos valores o investigaciones científicas en curso o previstas. Una zona donde se estén realizando actividades o se prevea hacerlo más adelante puede designarse como ZAEA para facilitar la planificación y coordinación de actividades, evitar posibles conflictos, mejorar la cooperación entre las Partes o reducir al mínimo el impacto ambiental.
Desde el comienzo, la RCTA ha recalcado la necesidad de proteger sitios o monumentos de interés histórico, lo cual llevó en 1972 al establecimiento de una lista oficial de sitios y monumentos históricos (SMH).
Asimismo, se pueden designar zonas especiales de acuerdo con las disposiciones de la CCAF y la CCRVMA.
La RCTA ha adoptado directrices a fin de ayudar a las Partes a seleccionar sitios para su designación y a preparar planes de gestión.
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