Medida 1 (2000) - RCETA XII - CPA III, La Haya

  • Tema

    Planes de Gestión revisados ZEP Nro. 14 (Isla Lynch), 19 (Isla Lagotellerie), 20 (Valle New College) y SEIC Nro. 8 (Bahía Almirantazgo/ Bahía Lasserre), 17 Península Clark), 22 (Valle Yukidori), y 34 ( Cabo Anca de León)

  • Status

    No entró en vigor. Retirada: D 3 (2017)

  • Categoría

    Protección y gestión de zonas

  • Tópico

    - Bahía Almirantazgo (ZAEP 128)
    - Cabo Anca de León (ZAEP 151)
    - Isla Lagotellerie (ZAEP 115)
    - Isla Lynch (ZAEP 110)
    - Península Clark (ZAEP 136)
    - Playa Caughley (SEIC 10)
    - SEICs (Sitios de Especial Interés Científico)
    - Valle New College (ZAEP 116)
    - Valle Yukidori (ZAEP 141)
    - ZEPs (Zonas Especialmente Protegidas)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    11

  • Observaciones

    Management Plan for SSSI No. 22 (ASPA No. 141) withdrawn by Measure 7 (2014) Management Plan for SSSI No. 8 (ASPA No. 128) withdrawn by Measure 4 (2014) Management Plan for SSSI No.34 (ASPA No. 151) withdrawn by Measure 11 (2013) Management Plan for SPA No. 19 withdrawn by Measure 5 (2012) Management Plan for SPA No. 20 (ASPA No. 116) not effective by Measure 1 (2011) Management Plan for SSSI No. 17 (ASPA No. 136) not effective by Measure 7 (2009)

Sistema de zonas antárticas protegidas: Planes de gestión revisados para las zonas y los sitios de especial interés científico.

Los Representantes,

Recordando la Resolución 1 (1998) que asigna las responsabilidades entre las Partes consultivas para la revisión de los planes de gestión de las zonas protegidas;

Recomiendan a sus Gobiernos la aprobación de la siguiente Medida de conformidad con el Párrafo 4 del Artículo IX del Tratado Antártico:

1. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 14, adjunto a la presente Medida (1), en el Anexo a la Recomendación IV - 14 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

2. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 19, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación XIII - 11 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

3. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 20, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación XIII - 12 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación y que, por consiguiente el SEIC N° 10, tal como figura en la designación de la Recomendación XIII - 8, dejará de existir.

4. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 8, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación X - 5 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

5. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 17, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación XIII - 8 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

6. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 22, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación XIV - 5 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

7. Que se incluya el plan de gestión de la Zona especialmente protegida N° 34, adjunto a la presente Medida, en el Anexo a la Recomendación XVI - 2 en reemplazo del plan previamente anexado a dicha recomendación.

8. Que las partes se cercioren que sus ciudadanos cumplan con las disposiciones obligatorias de los planes de gestión revisados.
_________________________
(1) Los planes de gestión se encuentran en el Anexo E