Los Representantes,
Recordando la Decisión 3 (2002);
Habiendo examinado varias medidas* de carácter general sobre el tema de la protección y gestión de zonas, y
Reconociendo que las medidas que figuran en la lista del anexo de la presente Decisión ya no tienen validez como consecuencia de la entrada en vigor del Anexo V, "Protección y gestión de zonas", del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente,
Deciden:
1) Que las medidas que figuran en la lista del anexo de la presente Decisión no requieren una acción ulterior de las Partes.
2) Solicitar a la Secretaría del Tratado Antártico que coloque el texto de las medidas que figuran en el anexo de la presente Decisión en su sitio web de una forma que deje en claro que estas medidas ya no tienen validez y que las Partes no necesitan realizar acto alguno al respecto.
*Nota: Las medidas que fueron aprobadas anteriormente de conformidad con el artículo IX del Tratado Antártico se denominaron recomendaciones hasta la XIX RCTA (1995).