Medida 5 (2009) - RCTA XXXII - CPA XII, Baltimore

  • Tema

    Plan de gestión revisado de la ZAEP No 121 (cabo Royds, isla Ross)

  • Status

    En vigor 16/07/2009 (Aprobación rápida)

  • Categoría

    Protección y gestión de zonas

  • Tópico

    - Cabo Royds (ZAEP 121)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    87

  • Observaciones

    Management Plan revoked by Measure 2 (2014)

Plan de gestión revisado de la ZAEP No 121 (cabo Royds, isla Ross)

Los Representantes,
Recordando los artículos 3, 5 y 6 del Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, en los cuales se dispone la designación de zonas antárticas especialmente protegidas (ZAEP) y la aprobación de planes de gestión para dichas zonas;
Recordando
· la Recomendación VIII-4 (1975), mediante la cual se designó el cabo Royds, isla Ross, como Sitio de Especial Interés Científico (SEIC) No 1 y se anexó un plan de gestión del sitio;
· la Recomendación X-6 (1979), mediante la cual se prorrogó la fecha de vencimiento del SEIC No 1 del 30 de junio de 1981 al 30 de junio de 1985;
· la Recomendación XII-5 (1983), mediante la cual se prorrogó la fecha de vencimiento del SEIC No 1 del 30 de junio de 1985 al 31 de diciembre de 1985;
· la Recomendación XIII-9 (1985), mediante la cual se anexó un plan de gestión revisado del SEIC No 1;
· la Resolución 7 (1995), mediante la cual se prorrogó la fecha de vencimiento del SEIC No 1 del 31 de diciembre de 1995 al 31 de diciembre de 2000;
· la Medida 2 (2000), mediante la cual se prorrogó la fecha de vencimiento del SEIC No 1 del 31 de diciembre de 2000 al 31 de diciembre de 2005;
· la Decisión 1 (2002), mediante la cual se cambiaron el nombre y el número del SEIC No 1, que pasó a ser la Zona Antártica Especialmente Protegida No 121; y
· la Medida 1 (2002), mediante la cual se aprobó un plan de gestión revisado de la ZAEP No 121;
Tomando nota de que el Comité para la Protección del Medio Ambiente ha refrendado un plan de gestión revisado de la ZAEP No 121, y
Deseando reemplazar el plan de gestión actual de la ZAEP No 121 con el plan de gestión revisado,
Recomiendan a sus gobiernos que aprueben la siguiente Medida de acuerdo con el párrafo 1 del artículo 6 del Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
1) Que se apruebe el plan de gestión revisado de la Zona Antártica Especialmente Protegida No 121, cabo Royds, isla Ross, que se anexa a la presente Medida;
2) Que todos los planes de gestión anteriores de la ZAEP No 121, es decir, los planes anexos a la Recomendación XIII-9 (1985) y la Medida 1 (2002), queden sin efecto; y
3) Que se retire la Medida 2 (2000), que todavía no ha entrado en vigor.