Los representantes,
Recordando los artículos 3, 5 y 6 del Anexo V del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente del Tratado Antártico, que permiten la designación de Zonas Antárticas Especialmente Protegidas ("ZAEP") y la aprobación de Planes de Gestión para estas Zonas;
Señalando que el Comité para la Protección del Medio Ambiente ha aprobado la propuesta de una nueva ZAEP en el cabo Washington y Bahía Silverfish, Bahía Terra Nova, Mar de Ross y que aprobó el Plan de Gestión anexo a la presente Medida;
Señalando además la aprobación de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, en su trigésimo primera reunión, del proyecto de plan de gestión para una nueva ZAEP en el Cabo Washington y Bahía Silverfish, Bahía Terra Nova, Mar de Ross.
Reconociendo que esta zona posee valores ambientales, científicos, históricos, estéticos o silvestres, o de investigación científica en curso o en proyecto y se beneficiaría de una protección especial;
Deseando designar Cabo Washington y Silverfish Bay, Bahía Terra Nova y Mar de Ross como ZAEP y aprobar el Plan de Gestión para esta zona;
Recomiendan a sus gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el Artículo 1, del Artículo 6, del Anexo V del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente del Tratado Antártico.
Que:
1. Cabo Washington y Silverfish Bay, Bahía Terra Nova, Mar de Ross se designen como Zona Antártica Especialmente Protegida Nº 173; y
2. el Plan de Gestión, que se anexa a la presente Medida, sea aprobado.