Secretariat of the Antarctic Treaty

Decisión 6 (2013) - RCTA XXXVI - CPA XVI, Bruselas

  • Tema

    Intercambio de Información sobre Turismo y Actividades No Gubernamentales

  • Status

    Adoptada 29/05/2013

  • Categoría

    Intercambio de Información

  • Tópico

    - Desembarcos de turistas
    - Intercambio de datos
    - Turismo

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    249

  • Observaciones

    Appendix to this Decision is NO LONGER CURRENT. It was replaced by Annex to Decision 6 (2015)

Intercambio de Información sobre Turismo y Actividades No Gubernamentales
Los Representantes,

Recordando El artículo III-(1) (a) y el Artículo VII (5) del Tratado Antártico;

Conscientes de las obligaciones establecidas en el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus Anexos con respecto al intercambio de información;

Conscientes además de la Recomendación VIII-6 (1975) y de otros compromisos asumidos por las Partes de mantenerse informadas sobre los intercambios ordinarios o extraordinarios;

Deseando garantizar que el intercambio de información entre las Partes se realice de la manera más eficiente y puntual posible;

Deseando asimismo responder a la Recomendación 1 de 2012 del comité de Protección ambiental sobre los aspectos ambientales y los impactos de actividades turísticas y no gubernamentales en la Antártida con el desarrollo de una base de datos de las actividades turísticas centralizado de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico ("RCTA");

Recordando asimismo la Resolución 6 (2005) que sugiere el uso de un formulario estándar de visitas de sitios para las actividades turísticas y no gubernamentales en la Antártida;

Reafirmando la Decisión 4 (2012) por la cual las Partes están obligadas a usar el Sistema Electrónico de Intercambio de Información (“EIES”), para cumplir sus obligaciones de intercambio de información bajo el Tratado Antártico y su Protocolo del Medio Ambiente y por la cual las Partes deben continuar trabajando con la Secretaría del Tratado Antártico para perfeccionar y mejorar el SEII;

Deseando complementar el Apéndice 4 del XXIV Informe Final RCTA sobre el intercambio de información para garantizar el informe consistente de los tipos de actividades turísticas tanto de operaciones en barco como en tierra;

Deciden:

1. fortalecer el intercambio de información complementando el Apéndice 4 del Informe Final de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico XXIV para incluir:

a) "tipo de actividad" en Expediciones No Gubernamentales - Requisitos de las operaciones basadas en buques;
b) el número de visitantes que participan en cada una de las actividades específicas.
c) Reemplazo del encabezado de 1.1.2.A por “Operaciones basadas en buques”

2. revisar el sistema de intercambio de información electrónica ("SEIA") IES para incluir:

a) una lista de las actividades de expedición con base en buques y en tierra no gubernamentales de que las Partes pueden seleccionar uno o más para la presentación de informes anuales, alineados con los campos de actividad en el Formulario Posterior al Informe del Sitio que se aprobó en la Resolución 6 (2005), con la flexibilidad necesaria para introducir actividades adicionales, y
b) el número de visitantes que participan en cada una de las actividades específicas;

3. incluir esta información en el SEII y, como regla general, divulgar la información al público;
Idioma del Informe