Los Representantes,
Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establece la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (ZAEP) y la aprobación de los Planes de gestión para dichas Zonas;
Recordando
· La Medida 2 (2005), que designó a los Monolitos Scullin y Murray, Tierra de Mac Robertson, Antártida Oriental como ZAEP 164 y anexó un Plan de gestión para la Zona;
· la Medida 13 (2010), que aprobó un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 164;
Observando que el Comité para la Protección del Medio Ambiente refrendó un Plan de gestión revisado para la ZAEP 164;
Deseando reemplazar el actual Plan de gestión para la ZAEP 164 por el Plan de gestión revisado;
Recomiendan a sus gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
Que:
1. se apruebe el Plan de Gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida No 164 (Monolitos Scullin y Murray, Tierra de Mac Robertson), que se anexa a la presente Medida; y
2. se revoque el Plan de gestión de la Zona Antártica Especialmente Protegida N° 164 anexo a la Medida 13 (2010).