Los Representantes,
Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establecen la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas ("ZAEP") y la aprobación de los Planes de Gestión para dichas Zonas;
Recordando
· la Medida 1 (2006), que designó a la isla Hawker (cerros Vestfold, costa Ingrid Christensen, Tierra de la Princesa Isabel, Antártida Oriental) como ZAEP n.° 167 y anexó un Plan de Gestión para la Zona;
· La Medida 9 (2011), que aprobó un Plan de Gestión revisado para la ZAEP n.° 167;
Observando que el Comité para la Protección del Medioambiente refrendó un Plan de Gestión revisado para la ZAEP n.° 167;
Deseando reemplazar el actual Plan de Gestión para la ZAEP n.º 167 por el Plan de Gestión revisado;
Recomiendan a sus Gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
Que:
1. se apruebe el Plan de Gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida n.° 167 (isla Hawker, Tierra de la Princesa Isabel), que se anexa a esta Medida; y
2. se revoque el Plan de Gestión de la Zona Antártica Especialmente Protegida n.° 167 anexo a la Medida 9 (2011).