Los representantes,
recordando los artículos 3, 5 y 6 del Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establecen la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas («ZAEP») y la aprobación de los planes de gestión para dichas Zonas;
recordando:
la Medida 4 (2008), que designó los nunataks Marion, isla Charcot, península Antártica, como ZAEP 170 y aprobó un Plan de gestión para la zona;
las Medidas 16 (2013) y 5 (2018), que aprobaron planes de gestión revisados para la ZAEP 170;
observando que el Comité para la Protección del Medio Ambiente refrendó un plan de gestión revisado para la ZAEP 170;
deseando reemplazar el actual Plan de gestión para la ZAEP 170 por el Plan de gestión revisado;
recomiendan a sus Gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el párrafo 1 del artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
que:
1. se apruebe el Plan de gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida n.º 170 (nunataks Marion, isla Charcot, península Antártica), que se anexa a esta Medida; y
2. se revoque el Plan de gestión de la Zona Antártica Especialmente Protegida n.º 170 anexo a la Medida 5 (2018).