Secretariat of the Antarctic Treaty

Resolución 5 (2026) - RCTA 48 - CPA 28, Hiroshima

  • Tema

    Establecimiento de repositorios digitales nacionales

  • Status

    Adoptada 21/05/2026

  • Categoría

    Cooperación científica

  • Tópico

    - Gestión de datos
    - Intercambio de datos

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    329

Establecimiento de repositorios digitales nacionales

Los representantes,

recordando el compromiso de las Partes en virtud del Artículo III (1) (c) del Tratado Antártico («el Tratado») de promover la cooperación en la investigación científica a través del intercambio y la libre disponibilidad de las observaciones científicas y los resultados obtenidos sobre la Antártida;

recordando también la Resolución 4 (1998) sobre los Centros Nacionales de Datos Antárticos;

observando que no todas las Partes del Tratado han establecido Centros Nacionales de Datos Antárticos o cuentan con repositorios digitales nacionales para almacenar datos y metadatos relativos a las observaciones y los resultados científicos de la Antártida;

destacando que una gestión rigurosa de los datos refuerza la eficiencia y la calidad de la investigación antártica;

reconociendo la labor del Comité Permanente de Gestión de Datos Antárticos del Comité Científico de Investigaciones Antárticas («SCAR») y su contribución a la promoción de la cooperación entre la comunidad científica y los países en lo que respecta a los datos científicos;

recomiendan a sus Gobiernos que:

1. promuevan, en la mayor medida de sus capacidades, el establecimiento de repositorios digitales nacionales con responsabilidad respecto de los datos y los metadatos antárticos; y

2. continúen implementando la Resolución 4 (1998) sobre los Centros Nacionales de Datos Antárticos.