Recordando la Decisión 3 (2005), que contiene las Reglas de Procedimiento enmendadas de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico, y
Deseando enmendar la regla 11 de las Reglas de Procedimiento a fin de establecer:
a) un proceso más formal para el establecimiento de un grupo de trabajo o comité; y
b) la forma en que se nombra al presidente de un grupo de trabajo o comité,
Deciden que las “Reglas de Procedimiento enmendadas (2008)” que se anexan a la presente Decisión reemplacen las Reglas de Procedimiento de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico que se anexan a la Decisión 3 (2005).