Los Representantes,
Reafirmando el compromiso de las Partes al Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente para reducir, en la medida de lo posible, la cantidad de residuos producidos o eliminados en el área del Tratado Antártico, con el fin de minimizar su repercusión sobre el medio ambiente antártico y de minimizar las interferencias con los valores naturales de la Antártida, con la investigación científica y con los demás usos de la Antártida que sean compatibles con el Tratado Antártico;
Recordando el requisito previsto en el artículo 1.5 del Anexo III del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente que los sitios terrestres de eliminación de residuos, tanto pasados como actuales, y los sitios de trabajo de actividades antárticas abandonadas serán limpiados por el generador de tales residuos y el usuario de dichos sitios, siempre que tales acciones no exijan la eliminación de cualquier estructura designada como Sitio o Monumento Histórico, o el retirar cualquiera estructura o material de desecho en circunstancias tales que la remoción por medio de cualquier procedimiento produjera un impacto negativo en el medio ambiente mayor que el dejar la estructura o material de desecho en el lugar en que se encuentra;
Recordando también la 2010 Reunión Consultativa del Tratado Antártico sobre las consecuencias del cambio climático para la Antártida y su gobernanza, donde se señaló que los cambios climáticos crean un potencial de liberación localizada de contaminación de los antiguos sitios de eliminación de desechos y sitios de trabajo abandonados debido al aumento de nieve derretida;
Señalando las medidas adoptadas por las Partes desde la entrada en vigor del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente para manejar de forma eficiente los residuos y limpiar los antiguos sitios de eliminación de de residuos en la tierra y sitios de trabajo abandonados;
Señalando también los esfuerzos del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales para elaborar y formular procedimientos de buenas prácticas para la gestión de los residuos, incluido el Taller de Gestión de Residuos en la Antártida celebrado en Hobart en 2006;
Acogiendo con satisfacción la elaboración por el Comité para la Protección del Medio Ambiente de un Manual sobre Limpieza que las Partes puedan aplicar y utilizar, según proceda, para facilitar sus obligaciones en virtud del artículo 1.5 del Anexo III del Protocolo de Protección del Medio Ambiente.
Recomiendan a las Partes que:
1) Difundan y fomenten el uso del Manual sobre Limpieza adjunto a la presente Resolución, según proceda, para ayudar en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del artículo 1.5 del Anexo III del Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente; y
2) Alienten a la Comité para la Protección del Medio Ambiente para seguir desarrollando el Manual sobre Limpieza con la asistencia del Comité Científico de Investigaciones Antárticas y el Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos sobre los asuntos científicos y prácticos, respectivamente.