Los Representantes,
Deseando aumentar la eficiencia del funcionamiento del Sistema del Tratado Antártico, y
Conscientes de los beneficios que una compilación de documentos fundamentales del Sistema del Tratado Antártico podría traer aparejados en ese sentido,
Deciden:
1) Encargar a la Secretaría del Tratado Antártico (“la Secretaría”) que compile, produzca y distribuya una “Compilación de documentos fundamentales del Sistema del Tratado Antártico” (“la Compilación”);
2) Que la Compilación sea un folleto de referencia de bolsillo, de tapa blanda, práctico y de bajo costo, que contenga los siguientes textos:
o el Tratado Antártico, el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, incluida su acta final y sus seis anexos, la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), incluida su acta final, y la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas (CCFA);
o las Reglas de Procedimiento de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (RCTA) y del Comité para la Protección del Medio Ambiente (CPA);
o el Acuerdo de Sede de la Secretaría en Buenos Aires;
o el Reglamento del Personal, el Reglamento Financiero y el mandato de la Secretaría, contenidos en la Medida 1(2003); y
o la Decisión 1(1995) sobre Medidas, Decisiones y Resoluciones;
3) Que la Secretaría también produzca y distribuya un encarte para la Compilación con la siguiente información:
o una lista de las Partes del Tratado Antártico y el Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente, la CCFA y la CCRVMA, con información sobre las fechas de adhesión, ratificación y entrada en vigor;
o una lista de RCTA, reuniones consultivas extraordinarias del Tratado Antártico, reuniones de expertos del Tratado Antártico y reuniones del CPA, con su fecha y lugar;
4) Que la Compilación no contenga ningún otro elemento ni material introductorio o explicativo;
5) Que la Compilación se produzca en los cuatro idiomas oficiales del Tratado Antártico;
6) Que la Compilación se produzca sin perjuicio de cualquier acción con respecto a un “Manual del Sistema del Tratado Antártico”. Sin embargo, no se requerirá que la Secretaría haga nada en relación con el artículo 2, párrafo 2, inciso k, de la Medida 1 (2003) hasta que la RCTA se lo solicite;
7) Que la Compilación se produzca a tiempo para ser distribuida en la XXXIV RCTA; y
8) Que la Secretaría produzca versiones actualizadas de la Compilación y su encarte cuando la RCTA se lo solicite.