Los Representantes,
Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente que dispone la designación de Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (“ZAEP”) y la aprobación de Planes de Gestión para esas Zonas;
Recordando
· La Recomendación VIII-4 (1975), que designaba a la Isla Haswell como Sitio de Especial Interés Científico ("SEIC") 7 y adjuntaba un Plan de Gestión para el Sitio;
· La Recomendación X-6 (1979), que ampliaba la fecha de caducidad del SEIC 7 del 30 junio de 1981 al 30 de junio de 1983;
· La Recomendación XII-5 (1983), que ampliaba la fecha de caducidad del SEIC 7 del 30 junio de 1983 al 31 de diciembre de 1985;
· La Recomendación XIII-7 (1985), que ampliaba la fecha de caducidad del SEIC 7 del 31 de diciembre de 1985 al 31 de diciembre de 1991;
· La Recomendación XIV-7 (1987), que ampliaba la fecha de caducidad del SEIC 7 del 31 de diciembre de 1991 al 31 de diciembre de 2001;
· La Medida 3 (2001), que ampliaba la fecha de caducidad del SEIC 7 del 31 de diciembre de 1995 al 31 de diciembre de 2005;
· La Decisión 1 (2002), que determinaba el cambio de nombre y de numeración del SEIC 7 como ZAEP 127;
· La Medida 4 (2005), que ampliaba la fecha de caducidad del Plan de Gestión de la ZAEP 127 del 31 de diciembre de 2005 al 31 de diciembre de 2010;
· La Medida 1 (2006), que adoptaba un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 127;
Recordando que la Recomendación VIII-4 (1975), la Recomendación X-6 (1979), la Recomendación XII-5 (1983), la Recomendación XIII-7 (1985) y la Recomendación XVI-7 (1987) han sido designadas como obsoletas por la Decisión E (2011);
Observando que el Comité para la Protección del Medio Ambiente ha respaldado un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 127;
Deseando reemplazar el Plan de Gestión existente para la ZAEP 127 con el Plan de Gestión revisado;
Recomiendan a sus Gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de acuerdo con el párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
Que:
1. se apruebe el Plan de Gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida 127 (Isla Haswell), que se adjunta a esta Medida; y
2. dejen de estar en vigor los Planes de Gestión para la ZAEP 127 anteriores, concretamente aquellos adjuntos a la Recomendación VIII-4 (1975) y a la Medida 1 (2006).