Los Representantes
Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establece la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (ZAEP) y la aprobación de los Planes de Gestión para estas Zonas;
Recordando
· La Recomendación XIII-8 (1985), que designa a las costas de Puerto Foster, isla Decepción, islas Shetland del Sur como Sitio de Especial Interés Científico ("SEIC") N 21 y anexa un Plan de Gestión para el sitio;
· La Resolución 7 (1995), que extiende la fecha de expiración del SEIC 21;
· La Resolución 1 (1998), que asigna responsabilidades entre las Partes Consultivas para la revisión de los Planes de Gestión para zonas protegidas;
· La Medida 2 (2000), que extiende la fecha de expiración del SEIC 21;
· La Decisión 1 (2002), que cambia el nombre y número de la SEIC 21 a ZAEP 140;
· La Medida 3 (2005), que adopta un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 140;
Recordando que la Resolución 7 (1995) fue designada como obsoleta por la Decisión 1 (2011);
Recordando que la Medida 2 (2000) no ha entrado en vigor y ha sido remplazada por la Medida 5 (2009);
Destacando que el Comité de Protección Ambiental ha avalado un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 140;
Deseando remplazar el actual Plan de Gestión para la ZAEP 140 con el Plan de Gestión revisado;
Recomienda a sus Gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el Párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
Que:
1. se apruebe el Plan de Gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida No 140 (Partes de la isla Decepción), que se anexa a esta Medida, y
2. que el Plan de Gestión para la ZAEP 140 anexado a la Medida 3 (2005) deje de estar en vigor.