Secretariat of the Antarctic Treaty

Medida 9 (2012) - RCTA XXXV - CPA XV , Hobart

  • Tema

    Plan de Gestión para Zona Antártica Especialmente Protegida Nº 172, (glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre,valle de Taylor, valles secos de McMurdo, Tierra de Victoria)

  • Status

    En vigor 31/10/2012 (Aprobación rápida)

  • Categoría

    Protección y gestión de zonas

  • Tópico

    - Glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre (ZAEP 172)
    - ZAEP (Zonas Antárticas Especialmente Protegidas)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    103

  • Observaciones

    Management Plan for ASPA No 172 annexed to this Measure revoked by Measure 6 (2018)

Plan de Gestión para Zona Antártica Especialmente Protegida Nº 172, (glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre, valle de Taylor, valles secos de McMurdo, Tierra de Victoria)

Los Representantes,

Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo de Protección Ambiental, que establece la designación de Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (“ZAEP”) y la aprobación de los Planes de gestión para dichas Zonas;

Recordando la Medida 1 (2004), que designa los valles secos de McMurdo, Tierra de Victoria Meridional, como Zona Antártica Especialmente Administrada (“ZAEA”) Nº 2 y anexa un Plan de Gestión para dicha Zona;

Señalando que el Comité de Protección Ambiental ha refrendado una propuesta para la designación de una nueva Zona Antártica Especialmente Protegida en el glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre, valle de Taylor, valles secos de McMurdo, tierra de Victoria, al interior de la ZAEA Nº 2, y ha refrendado además el Plan de Gestión anexo a esta Medida ;

Reconociendo que esta zona mantiene sobresalientes valores medioambientales, científicos, históricos, estéticos o de vida silvestre, o se realiza en ella investigación científica en curso o prevista, y podría beneficiarse de una protección especial;

Deseando la designación de glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre, valle de Taylor, valles secos de McMurdo, tierra de Victoria como una Zona Antártica Especialmente Protegida y la aprobación del Plan de Gestión para dicha Zona;

Recomiendan a sus Gobiernos la aprobación de la siguiente Medida de conformidad con el Párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre la Protección del Medio Ambiente:

Que:
1. el glaciar Taylor inferior y Cataratas de Sangre, valle de Taylor, valles secos de McMurdo, tierra de Victoria, sean designados como la Zona Antártica Especialmente Protegida Nº 172; y que

2. se apruebe el Plan de Gestión que se anexa a la presente Medida.