Los Representantes,
Recordando los Artículos 3, 5 y 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establece la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas (ZAEP) y la aprobación de los Planes de Gestión para estas Zonas;
Recordando
· la Recomendación XIII-8 (1985), que designó a la península Clark, costa Budd, Tierra de Wilkes, como Sitio de Especial Interés Científico (SEIC) N° 17 y anexó un Plan de Gestión para el Sitio;
· La Resolución 7 (1995), que extendió oportunamente la fecha de expiración del SEIC 17;
· Medida 1 (2000), que aprobó un plan de gestión revisado para la SEIC 17;
· La Decisión 1 (2002), que renombró y renumeró al SEIC 17 como ZAEP 136;
· La Medida 1 (2006) y la Medida 7 (2009), que aprobaron oportunamente los Planes de gestión revisados para la ZAEP 136;
Recordando que la Resolución 7 (1995) fue designada como obsoletas por la Decisión 1 (2011);
Recordando que la Medida 1 (2000) aún no ha entrado en vigor;
Observando que el Comité para la Protección del Medioambiente refrendó un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 136;
Deseando reemplazar el actual Plan de Gestión para la ZAEP 136 por el Plan de Gestión revisado;
Recomiendan a sus gobiernos la siguiente medida para su aprobación de conformidad con el párrafo 1 del Artículo 6 del Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
Que:
1. se apruebe el Plan de gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida N° 136 (península Clark, costa Budd, Tierra de Wilkes, Antártida Oriental), que se anexa a esta Medida; y
2. se revoque el plan de gestión de la Zona Antártica Especialmente Protegida N° 136 anexo a la Medida 7 (2009).