Los Representantes,
Actuando de acuerdo con el asesoramiento recibido del Comité para la Protección del Medio Ambiente ("CPA");
Recordando la Decisión 1 (2000) que confirma a ciertas organizaciones como observadores;
Deciden confirmar como observadores del CPA, de conformidad con la Regla 4c de las Reglas de Procedimiento del Comité para la Protección del Medio Ambiente, a las siguientes organizaciones: ASOC, IAATO, OHI, IPCC, UICN, PNUMA y OMM, hasta que la RCTA decida lo contrario.