Secretariat of the Antarctic Treaty

Recomendación V-2 (RCTA V - París, 1968)

  • Tema

    Cooperación en meteorología Antártica

  • Status

    En vigor 26/05/1972. Ya no vigente: D 1 (2014)

  • Categoría

    Asuntos Operacionales

  • Tópico

    - Meteorología
    - OMM (Organización Meteorológica Mundial)
    - Reunión de Expertos

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    9

MEDIDAS PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS TELECOMUNICACIONES ANTARTICAS

Reconociendo la necesidad de mejorar la recolección y difusión de datos meteorológicos y de otras informaciones científicas, y de mejorar aún más las telecomunicaciones en la Antártida,

Considerando las miras de la organización Meteorológica Mundial expresadas en las reuniones 18a y 20a de su Comité Ejecutivo, acerca de la conveniencia de crear Centros Meteorológicos Antárticos y de determinar provisionalmente sus funciones;

Apoyando el principio de la Vigilancia Meteorológica Mundial;

Considerando la intención de algunos gobiernos de establecer voluntariamente, dentro de un plazo de pocos años, tales Centros Meteorológicos Antárticos en sus estaciones;

Los Representantes recomiendan a sus gobiernos que:

1. Teniendo en cuenta las valiosas informaciones que la OMM y el SCAR. suministran a las Partes Contratantes éstas continúen cooperando por intermedio de sus Representantes con la OMM y por intermedio de sus Comités Nacionales con el SCAR, en la definición de los requerimientos científicos futuros.

2. Consideren la utilidad de crear Centros Meteorológicos Antárticos en la Antártida.

3. Celebren una reunión de expertos en telecomunicaciones en Buenos Aires, Argentina, entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 1969, de acuerdo con la Recomendación IV - 24. La fecha de esta reunión debería fijarse por vía diplomática, teniendo en cuenta las reuniones pertinentes que celebren otras organizaciones internacionales en 1969 y el tiempo necesario para traducir y distribuir los documentos de esas reuniones.

4. Aunque se espera que todas las Partes Contratantes participarán, la reunión de Buenos Aires podrá desarrollarse sin la participación de todas ellas siempre que todas las Partes Contratantes estén de acuerdo con ese procedimiento y con la agenda provisoria. Todas las Partes Contratantes comunicarán al Gobierno invitante, antes del 1° de junio de 1969, su intención de enviar expertos a la reunión. Las propuestas que emanen de la reunión serán enviadas a todas las Partes Contratantes para su consideración.

5. Se invita a un experto de cada una de las organizaciones siguientes: OMM, UIT, COI y SCAR, para que participen como observadores. Los observadores invitados pueden presentar documentos de trabajo y hacer uso de la palabra con permiso del Presidente, pero no tendrán derecho a voto. Todos los expertos de las Partes Contratantes que participen deberán ser miembros de sus delegaciones.

6. Las Partes Contratantes establezcan el orden del día de la reunión por vía diplomática y el Gobierno del país invitante comunique por vía diplomática el orden del día provisional aprobado, un mes antes de inaugurarse la reunión.

7. Los resultados de la reunión tomen forma de propuestas aprobadas unánimemente por las delegaciones de Las Partes Contratantes que participen en la reunión en materia de telecomunicaciones. El Gobierno del país invitante las enviará a todas las Partes Contratantes para su examen. Esas propuestas constituirán el informe de la reunión. Con la aprobación de todas las delegaciones presentes, se podrá incluir otros documentos de la conferencia a los fines informativos, como anexos al informe. Las propuestas no tendrán vigencia bajo el articulo IX del Tratado Antártico, pero cualesquiera de las Partes Contratantes podrán someter cualquier asunto que se plantee en esa reunión al estudio de una Reunión Consultiva ulterior.

8. Se intercambien informaciones por vía diplomática por lo menos un mes antes de inaugurarse la reunión sobre los siguientes aspectos de los medios de telecomunicación:

i) redes existentes, cargas de tráfico de comunicaciones y capacidad de cada canal en cada enlace;

ii) limitaciones en la redes y canales existentes;


iii) carga actual de trafico en cada enlace;

a) tráfico administrativo y operacional,
b) tráfico meteorológico,
c) otro tráfico de carácter científico,
iv) horarios existentes para las transmisiones meteorológicas;
a) en radiodifusión
b) en comunicaciones punto a punto.

9. Los campos de discusión de la reunión serán entre otros:

i) nuevos requerimientos de tráfico de telecomunicaciones remitidos por las Partes Contratantes. La OMM, la COI, y el SCAR; la capacidad de las facilidades existentes y el efecto de estos nuevos requerimientos sobre las facilidades existentes, teniendo en cuenta el Informe de la Reunión sobre Telecomunicaciones celebrada en Washington en 1963 dentro del marco del Tratado Antártico y las condiciones existentes en la actualidad,
ii) estimación de las necesidades para el futuro próximo y, de ser posible, con proyección ulterior.
iii) procedimiento para modificar de tiempo en tiempo las arreglos en materia de telecomunicaciones, con objeto de satisfacer condiciones variables,
iv) nuevas técnicas de telecomunicaciones que puedan introducirse en la Antártida para responder a las necesidades futuras,
v) preparación de un formato normalizado para el intercambio de información sobre facilidades de telecomunicaciones de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo VII del Tratado Antártico.