Los Representantes,
Considerando el nivel cada vez mayor de macroplásticos (>5 mm) y microplásticos (<5 mm) que se encuentra en el Área del Tratado Antártico;
Conscientes de la falta actual de datos de seguimiento sobre los plásticos para documentar la toma de decisiones;
Conscientes de su responsabilidad con la protección del medioambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados;
Reconociendo que la mayor parte del plástico encontrado en la Antártida proviene de lugares fuera de esta;
Deseando, sin embargo, reducir la contaminación por plásticos en la Antártida;
Recordando los Artículos 1 y 6 del Anexo III y el Artículo 5 del Anexo IV al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente;
Recomiendan que sus Gobiernos:
1. Alienten a todas las personas bajo su jurisdicción que organicen o realicen actividades turísticas o no gubernamentales en el Área del Tratado Antártico, así como a los programas antárticos nacionales, a eliminar del Área del Tratado Antártico los productos de cuidado personal que contengan microperlas de plástico;
2. Identifiquen e intercambien información con otras Partes acerca de métodos que deberían implementarse para reducir el vertido de microplásticos de los sistemas de aguas residuales;
3. Apoyen un mayor control de la contaminación por plásticos en la Antártida usando las normas y metodologías comparativas que se encuentran en desarrollo, en particular en las cercanías de los lugares donde se realiza actividad humana;
4. Inviten al Comité Científico de Investigación Antártica (“SCAR”) a presentar un informe a medida que surja nueva información que cuantifique la contaminación por plásticos y describa los riesgos que este impone a las especies y comunidades antárticas; y
5. Consideren el problema del vertido de microplásticos en toda posible revisión que se lleve a cabo en el futuro de los Anexos III y IV del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.