Los representantes,
reconociendo que la mayor parte de la contaminación por plástico presente en la Antártida tiene su origen fuera de la Antártida, y conscientes de que las actividades humanas, incluidas las realizadas en la Antártida, también contribuyen a la contaminación por plásticos;
conscientes de su responsabilidad de garantizar la protección integral del medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados;
recordando los artículos 1, 2 y 6 del anexo III del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente («el Protocolo») sobre la eliminación y tratamiento de los residuos y los artículos 2 y 5 del anexo IV del Protocolo sobre contaminación marina;
observando con gran preocupación el aumento de los niveles de contaminación por macroplásticos y microplásticos que se encuentran en el Área del Tratado Antártico;
recordando la Resolución 5 (2019) Reducción de la contaminación por plásticos en la Antártida y en el océano Austral;
constatando con satisfacción el número cada vez mayor de documentos presentados a la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (RCTA) sobre la prevención de la contaminación por plásticos procedente de todas las fuentes;
tomando nota de las negociaciones en curso sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante para poner fin a la contaminación por plásticos,
recomiendan a sus Gobiernos que:
1. continúen implementando las Resoluciones existentes sobre contaminación por plásticos, según corresponda;
2. adopten todas las medidas pertinentes, según corresponda, para prevenir o reducir la contaminación por plásticos resultante de las actividades bajo su control en el área del Tratado Antártico;
3. compartan sus experiencias al abordar la contaminación por plásticos asociada con las actividades humanas en el área del Tratado Antártico, por ejemplo, mediante los documentos presentados a la RCTA en los que se identifiquen enfoques sobre las mejores prácticas;
4. intensifiquen la investigación científica y las actividades de seguimiento para evaluar la contaminación por plásticos, sus fuentes y sus efectos en el medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados, teniendo en cuenta los estándares pertinentes y las metodologías comparativas, según corresponda;
5. inviten al Comité Científico de Investigaciones Antárticas (SCAR) a que evalúe y sintetice periódicamente los conocimientos y datos científicos existentes sobre la contaminación por plásticos en el Área del Tratado Antártico, incluidos los riesgos relacionados para las especies y comunidades antárticas, informen de sus conclusiones al Comité para la Protección del Medio Ambiente, y a que hagan públicos estos informes de síntesis; y
6. participen de forma activa en debates internacionales sobre contaminación por plásticos en otros foros pertinentes teniendo en cuenta, según corresponda, el medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados.