Tomando nota de que las disposiciones del Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente prevén que la Reunión Consultiva del Tratado Antártico apruebe propuestas de designación de zonas antárticas especialmente protegidas (ZAEP) o de zonas antárticas especialmente administradas (ZAEA), apruebe o modifique el plan de gestión correspondiente a dichas zonas o designe un sitio o monumento histórico (SMH) por medio de una Medida conforme al artículo IX(1) del Tratado Antártico;
Teniendo en cuenta el número creciente de dichas medidas y medidas de revisión;
Conscientes de la necesidad de asegurar la claridad en lo que respecta a la situación actual de cada una de las ZAEP y ZAEA y de sus correspondientes planes de gestión, así como de cada uno de los SMH;
Recordando la Resolución 2 (1998), en la cual se recomienda que los responsables de la elaboración o revisión de dichos planes de gestión utilicen la “Guía para la preparación de los planes de gestión para las zonas antárticas especialmente protegidas” que se adjunta a dicha resolución, y
Tomando nota de que la Resolución 9 (1995) sobre un modelo único para los planes de gestión se refiere a un plan de gestión que ya no está en vigor,
Recomiendan:
Que los responsables de la elaboración de dichos documentos de trabajo utilicen la “Guía para la presentación de documentos de trabajo que contengan propuestas relativas a zonas antárticas especialmente protegidas, a zonas antárticas especialmente administradas y a sitios y monumentos históricos” que se adjunta a la presente Resolución.