Secretariat of the Antarctic Treaty

Resolución 2 (2010) - RCTA XXXIII - CPA XIII, Punta del Este

  • Tema

    Contribución del API al conocimiento hidrográfico de las aguas del Área del Tratado Antártico

  • Status

    Adoptada 14/05/2010. Ya no vigente: D 1 (2014)

  • Categoría

    Cooperación científica

  • Tópico

    - API (Año Polar Internacional 2007-2008)
    - Hidrografía y navegación
    - OHI (Organización Hidrgráfica Internacional)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    216

Contribución del API al conocimiento hidrográfico de las aguas del Área del Tratado Antártico

Los Representantes,
Considerando el llamado de la Comisión Hidrográfica sobre la Antártida (CHA) de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) con respecto a la mejora de los levantamientos hidrográficos y la cartografía en la región antártica;
Tomando nota del aumento de las expediciones científicas en el Océano Austral en el Área del Tratado Antártico en el marco del Año Polar Internacional (API) 2007-2008;
Considerando la exhortación para que las embarcaciones de los programas antárticos nacionales y otros vinculados al API recopilen datos hidrográficos y batimétricos en todos los viajes antárticos cuando sea factible;
Reconociendo que la accesibilidad y la gestión de las observaciones y los datos obtenidos durante el API es fundamental para preservar el legado del API;
Teniendo en cuenta que tras la promulgación de la anterior Resolución 5 (2008) se han desarrollado nuevas formas de remisión de información, y
Teniendo en cuenta asimismo la recomendación 4 de la Reunión de Expertos del Tratado Antártico sobre la gestión del turismo marítimo en el Área del Tratado Antártico, celebrada en Wellington (Nueva Zelandia) del 9 al 11 de diciembre de 2009, de continuar aportando información sobre levantamientos hidrográficos y cartografía,

Recomiendan a sus gobiernos:
1) Que apoyen y promuevan el contacto y enlace de sus programas antárticos nacionales con las oficinas hidrográficas nacionales;
2) Que procuren que los datos hidrográficos y batimétricos obtenidos por los buques de los programas antárticos nacionales y otros vinculados a sus actividades en la Antártida sean remitidos por los programas antárticos nacionales o por otros medios a los servicios hidrográficos nacionales haciendo uso del formulario de la OHI para la recopilación y presentación de datos hidrográficos;
3) Que insten a los programas antárticos nacionales a que colaboren con sus oficinas hidrográficas nacionales con el propósito de ayudar a la CHA a elaborar un inventario completo de datos hidrográficos a fin de que sean considerados en la producción de la cartografía náutica internacional contemplada en el esquema cartográfico internacional que la CHA coordina;
4) Que fomenten el enlace y la cooperación entre sus oficinas hidrográficas nacionales y la CHA para garantizar el legado del API en materias hidrográficas, contribuyendo a la mejora de la cartografía náutica y a la seguridad de la navegación en las aguas del Área del Tratado Antártico, lo cual, a su vez, ayudará a salvaguardar la vida humana en el mar, a proteger el medio ambiente antártico y a apoyar más las actividades científicas; y
5) Que continúen contribuyendo a la presentación de datos hidrográficos y batimétricos, utilizando instrumentos apropiados de sus servicios u oficinas hidrográficos y el formulario de la OHI para la recopilación y presentación de datos hidrográficos, a fin de procurar la producción oportuna de cartas náuticas de la Antártida.