Los Representantes,
Tomando nota de las medidas adoptadas por las Partes del Tratado Antártico para promover la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio ambiente en el Área del Tratado Antártico;
Reconociendo la función de la Organización Marítima Internacional (OMI) en lo que se refiere a la seguridad marítima y la prevención de la contaminación ocasionada por buques en el Área del Tratado Antártico;
Recordando la cooperación anterior entre la OMI y la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (RCTA), incluidas las solicitudes de la RCTA de que la OMI actúe en relación con asuntos marítimos antárticos;
Destacando la conveniencia de que la OMI asista a las RCTA y recordando las invitaciones regulares de la RCTA a la OMI para que asista en calidad de experto;
Recibiendo con beneplácito la aprobación por la OMI de las Directrices para los buques que naveguen en aguas polares y el trabajo iniciado en la OMI a fin de elaborar un código obligatorio para la navegación polar, y recalcando la valiosa contribución que las Partes pueden efectuar a su elaboración y rápida conclusión;
Recibiendo con beneplácito la aprobación por la OMI de la prohibición del uso y el transporte de combustible pesado en embarcaciones en el Área del Tratado Antártico, a raíz de la petición formulada por la RCTA;
Tomando nota del deseo de las Partes de que las medidas regulatorias relacionadas con la navegación en el Área del Tratado Antártico sean compatibles con los objetivos del Tratado Antártico y su Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente y tengan en cuenta las actividades que se realizan en la Antártida, entre ellas las operaciones de los programas antárticos nacionales, a la luz de las circunstancias específicas del medio ambiente antártico;
Destacando la importancia de que los representantes en la RCTA trabajen en estrecha relación con sus representantes nacionales en la OMI en los asuntos relacionados con el Área del Tratado Antártico, y
Tomando nota de la conveniencia de que en la OMI se consideren oportunamente las propuestas relativas al Área del Tratado Antártico,
Recomiendan:
Que cuando una Parte o grupo de Partes presente una propuesta a la RCTA que conduzca a la remisión por la RCTA a la OMI de asuntos pertinentes para el Área del Tratado Antártico, la Parte o el grupo de Partes proponentes:
1) informe a la RCTA sobre el calendario previsto para la consideración del asunto remitido por la RCTA, incluido el calendario de reuniones y procesos de la OMI;
2) informe a la RCTA sobre el progreso del asunto remitido por la RCTA en la OMI, incluidas las cuestiones o los cambios fundamentales que se susciten en las deliberaciones de la OMI;
3) informe a las Partes en el período entre sesiones por medio de la Secretaría u otro mecanismo apropiado (por ejemplo, un foro de discusión en la web), cuando corresponda, después de las reuniones de la OMI donde se considere el asunto remitido por la RCTA; y
4) avise a la RCTA si es necesario considerar una acción ulterior para alcanzar los objetivos de la RCTA.