Los Representantes,
Recordando el Protocolo sobre Protección Ambiental del Tratado Antártico adoptado el 4 de octubre de 1991 (el Protocolo);
Convencidos de la permanente necesidad de brindar protección integral al medio ambiente Antártico y a sus ecosistemas dependientes asociados;
Reafirmando su voluntad de proteger el medio ambiente antártico, en interés de toda la humanidad en general, y con el fin de preservar el valor de la Antártida como una región donde realizar investigación científica;
Reafirmando los objetivos y principios presentes en el Tratado Antártico y su Protocolo, la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos y la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas;;
Convencidos de que el Protocolo ha contribuido, desde su entrada en vigencia, a garantizar un alto nivel de protección en el medioambiente antártico;
Agradeciendo el trabajo realizado por el Comité de protección ambiental (el Comité), y señalando que todas las Partes al Protocolo están facultados para participar en el Comité;
Convencidos de que los objetivos y principios del Protocolo alcanzarán un mayor grado de cumplimiento en la medida en que sea respaldado por un mayor número de Estados;
Recomiendan que sus Gobiernos:
1. Soliciten a los Estados que son Partes al Tratado Antártico, pero aún no son Parte al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que procedan a ser Parte del Protocolo;
2. Acepten la oferta de Francia, Australia y España de coordinar con otras Partes Consultivas las representaciones ante esos Estados; e
3. Inviten a Francia, Australia y España a informar sobre el resultado de estas representaciones en la XXXV Reunión Consultiva del Tratado Antártico.