Los Representantes,
Reafirmando los valores, objetivos y principios contenidos en el Tratado Antártico y su Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente;
Teniendo en cuenta que un Plan de trabajo estratégico plurianual (el Plan) podría contribuir a que la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (“RCTA”) se centre en los temas de prioridad, funcione con mayor efectividad y planifique su trabajo en consecuencia;
Teniendo en cuenta que el Plan es complementario al programa de la RCTA, y que se alienta a las Partes del Tratado Antártico y a otros participantes de la RCTA a contribuir de la manera usual a otros temas del programa de la RCTA.
Recordando la XXXII RCTA en Baltimore (2009), donde las Partes expresaron su apoyo a contar con un Plan;
Deciden:
1. formular un Plan de trabajo estratégico plurianual, con los actuales recursos;
2. adoptar los principios anexos a esta Decisión (Anexo 1) para orientar la conclusión del Plan;
3. establecer un Grupo de Contacto Intersesional abierto, organizado en forma conjunta por Australia y Bélgica, como presidentes de las XXXV y XXXVI Reuniones Consultivas Antárticas respectivamente, para que coordine la futura formulación del Plan; y
4. realizar un taller con anterioridad inmediata a la XXXVI RCTA, con los siguientes términos de referencia:
a) desarrollar un proyecto de Plan para someterlo a la consideración de la XXXVI RCTA; y
b) informar a la XXXVI RCTA acerca de los resultados del taller.