Secretariat of the Antarctic Treaty

Resolución 5 (2012) - RCTA XXXV - CPA XV , Hobart

  • Tema

    Directrices para sitios para visitantes a la Isla Barrientos (islas Aitcho)

  • Status

    Adoptada 20/06/2012

  • Categoría

    Turismo y actividades no gubernamentales

  • Tópico

    - CPA (Comité de Protección Ambiental)
    - Directrices para sitios
    - Gestión del Turismo
    - Islas Aitcho, isla Barrientos
    - Monitoreo Ambiental
    - Planes de investigación
    - Reemplazo de directrices para sitios que reciben visitantes

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    113

Directrices para sitios para visitantes a la Isla Barrientos (islas Aitcho)

Los Representantes,

Recordando la resolución 5 (2005), que aprueba las Directrices de sitios para la isla Barrientos (islas Aitcho);

Preocupados por el importante daño sufrido por los lechos de musgo en la isla Barrientos (islas Aitcho) a causa del reiterado desplazamiento a pie realizado por los visitantes;

Señalando la flexibilidad otorgada por el mecanismo de las directrices para sitios en su capacidad para reaccionar de manera expedita ante las transformaciones sufridas por el medioambiente y las cambiantes circunstancias de la gestión;

Acogiendo los esfuerzos de investigación y vigilancia que se realizan en el sitio, y que ayudarán a informar las futuras alternativas de gestión;

Reconociendo que la Asociación Internacional de Operadores Turísticos en la Antártida aplicará una suspensión temporal de las visitas a la parte central de la isla Barrientos (islas Aitcho) entre sus miembros, al menos en lo que respecta a la temporada 2012/2013;

Deseando, conforme a la recomendación del Comité de Protección Ambiental, tomar las medidas que ofrezcan la mejor posibilidad para la recuperación los lechos de musgo y los mejores resultados de gestión que sean posibles;

Recomiendan que:

las Partes tomen las medidas adecuadas en el marco de sus propios sistemas legales y administrativos para limitar el acceso a la parte central de la isla Barrientos (islas Aitcho), (área vedada B) de sus ciudadanos y operadores, salvo que sea por razones de investigación científica y de vigilancia asociadas a la recuperación del sitio;
las Directrices para sitios para la isla Barrientos (islas Aitcho) sean reemplazadas por las directrices para sitios rectificadas;
las Partes con actividades en la zona cooperen en el diseño e implementación de estudios, investigación y planes de vigilancia adecuados, que ayuden a informar las decisiones sobre futuras medidas de gestión, y aporten la información sobre dichas iniciativas en la 16ª reunión del Comité de Protección Ambiental (XVI Reunión del CPA);
el Comité de Protección Ambiental revise como mayor profundidad la situación durante la XVI Reunión del CPA; y que
la Secretaría del Tratado Antártico publique las Directrices para sitios rectificadas en su sitio Web.