Los Representantes,
Recordando que el Protocolo del Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente (“el Protocolo”) designa a “la Antártida como una reserva natural consagrada a la paz y a la ciencia” y establece principios medioambientales que ofrecen orientación para las actividades científicas de la misma manera en que son respaldados y priorizados en el Tratado Antártico y su Protocolo;
Reconociendo que los logros de las investigaciones científicas realizadas por los Programas Antárticos Nacionales de las Partes Contratantes, habitualmente bajo el nombre de Expedición Antártica, contribuyen en gran manera a la comprensión de la Antártida y su función dentro de los procesos naturales mundiales;
Reconociendo los requisitos jurídicos y los posibles beneficios de la realización de una correcta Evaluación de Impacto Ambiental (“EIA”) que ponga de relieve la forma de mejorar la eficiencia medioambiental de la actividad y que trate el asunto de los impactos acumulativos;
Señalando el interés científico cada vez mayor que existe en la Antártida así como también aumentan las necesidades, lo que podría dar como resultado la realización de más investigación, con el consiguiente aumento del apoyo logístico y de las presiones sobre el medioambiente, y la importancia de considerar más profundamente el equilibrio entre la protección del medioambiente y la realización de actividades científicas;
Recordando el compromiso de las Partes hacia la protección del medioambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados;
Reconociendo que el Protocolo y sus Anexos en vigor, así como las medidas vigentes que constituyen instrumentos vinculantes y algunas Resoluciones aprobadas por consenso durante la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (“RCTA”) contribuyen en su conjunto a proteger el medioambiente antártico, y que el Comité para la Protección del Medio Ambiente y la RCTA trabajan constantemente para seguir mejorando estas normativas a fin de alcanzar los objetivos del Tratado Antártico y del Protocolo;
Reconociendo que las actividades ecológicas en la Antártida se alientan y valoran mucho;
Deseando desarrollar el concepto de Expedición ecológica que se basa en los ideales de eficiencia, armonía y sustentabilidad, y que aspira a recurrir a todos los métodos disponibles (incluidos aquellos contenidos en las actuales Resoluciones y los que emanen de las nuevas Resoluciones como producto del progreso de la gestión y tecnología modernos) a fin de reducir el impacto generado por el ser humano;
Recomiendan que sus Gobiernos:
1. reafirmen su compromiso hacia la protección del medioambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados, y alienten los esfuerzos colaborativos en aras de este objetivo;
2. respalden el concepto de Expedición ecológica alentando a sus Programas Antárticos Nacionales para que realicen sus actividades científicas de manera ecológica;
3. alienten a sus Programas Antárticos Nacionales para que trabajen en forma más estrecha con las demás Partes, incluso a través de la participación e interacción con organizaciones tales como el Comité Científico de Investigación Antártica (“SCAR”) y el Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales (“COMNAP”), para realizar proyectos más colaborativos y para promover la puesta en común de experiencias y tecnologías de avanzada; y
4. produzcan Evaluaciones del Impacto Ambiental de alta calidad al momento de planificar nuevas actividades, que incluyan, dentro de lo posible, las prácticas recomendables para evitar y reducir a un mínimo los impactos al medioambiente.