Los representantes,
recordando la Decisión 1 (2019), en la que las Partes acordaron incorporar nuevos campos de información, además de los campos existentes, en la lista de Sitios y Monumentos Históricos («la Lista de SMH»);
deseando actualizar las descripciones de Sitios y Monumentos Históricos («SMH») de acuerdo con el formato prescrito por la Decisión 1 (2019), pero al mismo tiempo conscientes de que es probable que haya actualizaciones periódicas de carácter técnico y menor en ciertos nuevos campos de información;
deciden:
1. que la información contenida en los campos denominados «N.º», «Descripción», «Ubicación», «Nombre», «Tipo», «Descripción del contexto histórico», «Criterios aplicables de acuerdo con la Resolución 3 (2009)» y «Características físicas del entorno y contexto cultural y local» continúe siendo una parte formal de la Lista de SMH y que cualquier cambio en estos campos requiera su adopción a través de una Medida; y
2. considerar la información contenida en los campos «Estado de conservación», «Herramientas de gestión», «Designación/Enmienda» y «Fotografías» como información complementaria a la Lista de SMH, para la cual cualquier cambio será acordado por el Comité para la Protección del Medio Ambiente («CPA») y anotado en su informe para la Reunión Consultiva del Tratado Antártico («RCTA») y aplicado a la base de datos de SMH por parte de la Secretaría del Tratado Antártico.