Los representantes,
conscientes del informe especial El océano y la criosfera en un clima cambiante («SROCC») del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático («IPCC»), que ha sido aprobado y aceptado en sesión plenaria del IPCC, y de su resumen para responsables de políticas;
tomando nota de los vínculos entre los impactos observados y previstos del cambio climático global en la Antártida y el océano Austral en el sistema terrestre;
preocupados por las implicaciones derivadas de un clima global más cálido para la Antártida, identificadas en el citado informe especial, incluido el creciente derretimiento de la capa de hielo de la Antártida occidental y los cambios en los ecosistemas de la Antártida y del océano Austral;
preocupados, además, por las implicaciones globales del cambio antártico, en particular, el aumento del nivel del mar y la circulación oceánica;
recordando la Resolución 6 (2015) y manteniendo el compromiso de dar a conocer las investigaciones sobre el cambio climático antártico a nivel internacional;
acogiendo positivamente las actualizaciones periódicas del Comité Científico de Investigación Antártica (SCAR) de su informe sobre el cambio climático y el medio ambiente en la Antártida y esperando con interés recibir a su debido tiempo asesoramiento adicional de los tres nuevos programas de investigación científica del SCAR centrados en el cambio climático, concretamente INSTANT, AntClimnow y Ant-ICON;
recordando también la Resolución 4 (2015) y acogiendo con satisfacción la implementación en curso del Programa de Trabajo de Respuesta al Cambio Climático («CCRWP») del Comité para la Protección del Medio Ambiente («CPA»), y las actualizaciones anuales ofrecidas por el CPA a la Reunión Consultiva del Tratado Antártico («RCTA»);
reconociendo la importancia de la aplicación del Acuerdo de París para evitar las implicaciones del escenario más desfavorable para la Antártida proyectadas por el IPCC;
decididos a buscar formas de abordar los efectos del cambio climático y ambiental en el medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados;
recomiendan que sus Gobiernos:
1. garanticen que sus delegaciones en la próxima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático («CMNUCC»), prevista en noviembre de 2021 en Glasgow, sean conscientes de las implicaciones para la Antártida, a menos que se tomen medidas para evitar una crisis climática, en particular, las proyecciones de su contribución al aumento global del nivel del mar y las implicaciones para mantener el compromiso del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente («el Protocolo») para la protección integral del medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados;
2. consideren las implicaciones del cambio climático para la Antártida al tiempo que se gestionan las actividades humanas y que traten de evitar o mitigar tensiones no climáticas adicionales identificadas en el medio ambiente terrestre y marino antárticos, incluida su biodiversidad y ecosistemas, a fin de aumentar la resiliencia frente a los efectos del cambio climático, y
3. presten apoyo a sus programas antárticos nacionales y al SCAR en sus esfuerzos continuos por realizar investigaciones sobre el cambio climático y sus impactos, y por comunicar las implicaciones para la Antártida, tanto dentro del Sistema del Tratado Antártico como a nivel internacional.