Secretariat of the Antarctic Treaty

Decisión 5 (2024) - RCTA 46 - CPA 26, Kochi

  • Tema

    Desarrollo de un marco para la regulación del turismo y otras actividades no gubernamentales en la Antártida

  • Status

    Adoptada 30/05/2024

  • Categoría

    Turismo y actividades no gubernamentales

  • Tópico

    - Regulación del turismo

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    424

Desarrollo de un marco para la regulación del turismo y otras actividades no gubernamentales en la Antártida


Los representantes,

Afirmando la determinación de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico («RCTA») de continuar gestionando y regulando el turismo y otras actividades no gubernamentales en el área del Tratado Antártico de acuerdo con los valores, objetivos y principios del Tratado Antártico y su Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente («el Protocolo»);

Reconociendo los esfuerzos a largo plazo de la RCTA para gestionar el turismo antártico y otras actividades no gubernamentales, incluida la adopción de medidas, decisiones y resoluciones específicas en apoyo de la gestión de estas actividades;

Recordando la Resolución 7 (2009) Principios Generales del Turismo Antártico a través de la cual la RCTA articuló los principios generales que se utilizarán para informar y guiar el trabajo futuro en la gestión de las actividades turísticas antárticas;

Reconociendo el potencial del turismo gestionado adecuadamente para mejorar la apreciación pública de los valores intrínsecos de la Antártida;

Preocupados por los impactos reales y potenciales del gran aumento reciente de las visitas y la diversificación del turismo y otras actividades no gubernamentales en el Área del Tratado Antártico;

Deseando, con ese fin, seguir recurriendo al mejor asesoramiento científico y técnico disponible, incluidos los datos pertinentes, de conformidad con el artículo 10 del Protocolo;

Reafirmando su compromiso con la protección global del medio ambiente antártico y los ecosistemas dependientes y asociados, y con la protección de la Antártida como reserva natural consagrada a la paz y a la ciencia;

Reafirmando que la protección del medio ambiente es esencial, y que debe aplicarse la precaución para preservar la Antártida para las generaciones presentes y futuras;

Comprometidos a garantizar que todas las actividades emprendidas en el Área del Tratado Antártico se lleven a cabo de la forma más segura posible;

Recordando que la RCTA XLV inició un proceso específico para desarrollar un marco integral y coherente para la regulación del turismo y otras actividades no gubernamentales en el Área del Tratado Antártico (Decisión 6 [2023]);

Decididos a tomar medidas urgentes, ambiciosas e integrales, incluso con respecto al potencial de efectos amplios y acumulativos en el medio ambiente antártico de toda la actividad humana;

Con el objetivo de desarrollar dicho marco de manera diligente;


deciden:

1. desarrollar un marco integral y uniforme para la regulación del turismo antártico y otras actividades no gubernamentales en la Antártida;

2. que la elaboración de dicho marco se siga debatiendo en un Grupo de Trabajo especial de la RCTA, teniendo en cuenta:
- las mejores prácticas y ejemplos desarrollados por la RCTA;
- la relevancia de las prácticas y ejemplos existentes, incluidos los desarrollados por la Asociación Internacional de Operadores Turísticos en la Antártida («IAATO»), y de todo el mundo;
- los requisitos existentes para el intercambio de información en virtud de la Decisión 4 (2023) y cualquier necesidad de revisarlos;
- la información intercambiada a través del Sistema Electrónico de Intercambio de Información;
- los resultados de los programas de vigilancia y observación;
- la aplicación del enfoque de precaución;

3. que el marco:
- sea ambicioso, integral, dinámico y flexible;
- se base en las medidas, decisiones y resoluciones específicas en apoyo de la gestión del turismo y otras actividades no gubernamentales, así como en su aplicación;
- aborde el desarrollo ordenado, coordinado y predecible del turismo y otras actividades no gubernamentales, y no socave los objetivos de las actividades gubernamentales;
- aborde todos los aspectos del turismo y otras actividades no gubernamentales, incluidas, entre otras, la relación del turismo con la protección del medio ambiente, la investigación científica y la preservación de la vida y la seguridad humanas;
- se desarrollará a partir de los debates sobre los temas enumerados en el anexo con vistas a abordarlos en el marco; y

4. que el proceso específico al que se hace referencia en la Decisión 6 (2023) debe completarse lo antes posible, teniendo en cuenta que se espera que la 50.ª RCTA se celebre en 2028, e:
- incluirá el trabajo en el período entre sesiones en forma de un grupo de contacto entre intersesional de la RCTA, convocado por el presidente del grupo de trabajo especial, incluyendo talleres en línea, según proceda, teniendo en cuenta las diferentes zonas horarias;
- podrá, con sujeción a los recursos disponibles, incluir trabajos en el período entre sesiones en forma de:
- talleres presenciales que permiten la asistencia virtual;
- Reuniones de expertos o RCTA especiales según lo disponga la RCTA.