Secretariat of the Antarctic Treaty

Resolución 2 (2026) - RCTA 48 - CPA 28, Hiroshima

  • Tema

    Manual sobre especies no autóctonas y enfermedades de la vida silvestre del Comité para la Protección del Medio Ambiente

  • Status

    Adoptada 21/05/2026

  • Categoría

    Fauna y flora

  • Tópico

    - Anexo II (Flora y Fauna)
    - COMNAP (Consejo de Administradores de Programas Nacionales Antárticos)
    - Especies no nativas
    - SCAR (Comité Científico de Investigación Antártica)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    80

Manual sobre especies no autóctonas y enfermedades de la vida silvestre del Comité para la Protección del Medio Ambiente

Los representantes,

conscientes de que la creciente introducción de especies no autóctonas en la región antártica, incluido el traslado de especies entre diferentes lugares de la región, supone un grave riesgo para la biodiversidad y para los valores intrínsecos de la Antártida;

reconociendo el mayor potencial de introducción y establecimiento de especies no autóctonas debido al cambio climático en la Antártida;

recordando que el objetivo general de las acciones de las Partes para abordar los riesgos que plantean las especies no autóctonas es proteger la biodiversidad y los valores intrínsecos de la Antártida previniendo la introducción no intencional en la región antártica de especies no autóctonas y el desplazamiento de especies dentro de la Antártida entre una región biogeográfica y cualquier otra;

conscientes de la creciente amenaza que las enfermedades de la vida silvestre representan para la vida silvestre antártica, incluida la influenza aviar altamente patógena («IAAP») H5N1, y el potencial de propagación inadvertida de patógenos a través de las actividades humanas, así como las implicaciones del cambio climático en la Antártida para la dinámica de las enfermedades de la vida silvestre;

tomando nota de que, en virtud de la Resolución 6 (2011) y la Resolución 4 (2016), la Reunión Consultiva del Tratado Antártico («RCTA») decidió difundir y fomentar, según proceda, el uso del Manual sobre especies no autóctonas («el Manual») elaborado por el Comité para la Protección del Medio Ambiente («CPA»);

acogiendo con satisfacción la revisión del Manual llevada a cabo por el CPA, así como la recomendación del CPA de que continuará perfeccionando y desarrollando el Manual para reflejar las mejoras en la comprensión de los riesgos que suponen las especies no autóctonas y las enfermedades de la vida silvestre, así como las buenas prácticas en las actividades de prevención, vigilancia y respuesta;

recomiendan a sus Gobiernos que:

1. fomenten la difusión del Manual anexo a la presente Resolución, y su uso por parte de quienes organizan, llevan a cabo y participan en actividades antárticas;

2. alienten al CPA a continuar desarrollando el Manual con la participación del Comité Científico de Investigaciones Antárticas («SCAR») y del Consejo de Administradores de los Programas Nacionales Antárticos («COMNAP») en asuntos científicos y prácticos, respectivamente, así como de otras organizaciones expertas, según resulte necesario;

3. soliciten a la Secretaría del Tratado Antártico («la Secretaría») que publique el Manual en su sitio web; y

4. soliciten a la Secretaría que publique el texto de la Resolución 6 (2011) y la Resolución 4 (2016) en su sitio web de manera que quede claro que ya no tienen vigencia.