Recordando que el Perú se adhirió al Tratado Antártico de conformidad con el Artículo XIII el 1 de abril de 1981;
Tomando nota de que el 13 de abril de 1988 el Perú transmitió al Gobierno de los Estados Unidos de América como Gobierno Depositario del Tratado Antártico:
- una notificación relativa a que el Perú se consideraba con derecho a nombrar Representantes, de conformidad con el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado, para participar en las reuniones mencionadas en el Artículo IX, párrafo 1, del Tratado;
- una declaración de la intención del Perú de aprobar todas las Recomendaciones que han entrado en vigor formalmente de conformidad con el Artículo IX, párrafo 4, del Tratado Antártico, y según la que el país está dispuesto a considerar la aprobación de las Recomendaciones que aún no han entrado en vigor con miras a aprobarlas a su debido tiempo;
- un informe sobre las actividades antárticas peruanas en 1988;
Recordando que, en septiembre de 1988, el Gobierno del Perú informó al Gobierno Depositario de su deseo de que su notificación fuera examinada después de la segunda expedición científica antártica peruana, que se llevaría a cabo entre diciembre de 1988 y marzo de 1982;
Observando que, durante las dos expediciones antárticas que realizó en 1988 y 1989, el Perú llevó a cabo programas de investigación que incluían las siguientes disciplinas: oceanografía física y química, fitoplancton y producción primaria, zooplancton, aves y mamíferos marinos y geología; que, en 1989, el Perú inició la construcción de una estación en la isla Rey Jorge (isla 25 de mayo) (base Machu Picchu) que albergará a 13 personas;
Tomando nota de que el Perú propone enviar más expediciones entre 1989 y 1994;
Recordando que la República de Corea se adhirió al Tratado Antártico de conformidad con el Artículo XIII el 28 de noviembre de 1986;
Tomando nota de que, el 2 de mayo de 1989, la República de Corea transmitió al Gobierno de los Estados Unidos de América como Gobierno Depositario del Tratado Antártico:
- una notificación de que la República de Corea se consideraba con derecho a nombrar Representantes de conformidad con el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado, para participar en las reuniones mencionadas en el Artículo IX, párrafo 1, del Tratado;
- una declaración de la intención de la República de Corea de aprobar las Recomendaciones que han entrado formalmente en vigor de conformidad con el Artículo IX, párrafo 4, del Tratado Antártico, y según la que el país está dispuesto a considerar la aprobación de las Recomendaciones que aún no han entrado en vigor con vistas a aprobarlas a su debido tiempo;
- información relacionada con la naturaleza y objetivos de las actividades de investigación antárticas y con la naturaleza y objetivos de sus futuras expediciones antárticas;
Observando que, desde 1978, la República de Corea viene realizando investigaciones científicas en la Antártida que abarcan una amplia gama de disciplinas, como la biología, la geología, la geología marina y geoquímica, las ciencias oceánicas y las ciencias de la atmósfera superior; que, en febrero de 1988, la República de Corea inauguró una estación en la isla Rey Jorge (isla 25 de mayo) (base Rey Sejong) a 62 º13’ S, long. 58 º 45’ O, que alberga a 13 personas;
Tomando nota de que la República de Corea tiene la intención de continuar e intensificar su programa de investigación en la Antártida;
Recordando que Finlandia se adhirió al Tratado Antártico de conformidad con el Artículo XIII el 15 de mayo de 1984;
Tomando nota de que, el 29 de junio de 1989, Finlandia transmitió al Gobierno de los Estados Unidos de América como Gobierno Depositario del Tratado Antártico:
- una notificación de que Finlandia se consideraba con derecho a nombrar Representantes, de conformidad con el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado, para participar en las reuniones a las que se refiere el Artículo IX, párrafo 1, del Tratado;
- una declaración de la intención de Finlandia de aprobar todas las Recomendaciones que han entrado en vigor formalmente de conformidad con el Artículo IX, párrafo 4, del Tratado Antártico, y según la que está dispuesta a considerar la aprobación de las Recomendaciones que aún no han entrado en vigor;
- información relacionada con la naturaleza y objetivos de las actividades de investigación antárticas en Finlandia y con la naturaleza y objetivos de sus futuras expediciones antárticas;
Observando que, durante la expedición antártica que realizó en 1988/1989, Finlandia llevó a cabo programas de investigación en las siguientes disciplinas: glaciología, logística, climatología, biología humana y medicina, biología, geología y física de la atmósfera superior, y que, en la temporada 1988/1989, estableció una estación llamada “Aboa” en Tierra de la Reina Maud, lat. 73° 03’ S, long. 13° 25’ O, que tiene capacidad para 10 personas;
Tomando nota de que Finlandia propone enviar nuevas expediciones en 1989/1990 y 1990/1991;
Reconociendo que, sobre la base de los programas científicos que se están llevando a cabo, las estaciones que se han establecido, las expediciones científicas que se han enviado y sus intenciones futuras, el Perú, la República de Corea y Finlandia han demostrado su interés en la Antártida, de conformidad con el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado Antártico;
Habiendo comprobado, de conformidad con el Artículo X del Tratado Antártico, sobre la base de la información proporcionada acerca de las expediciones científicas y la investigación realizada, que las actividades del Perú, la República de Corea y Finlandia concuerdan con los principios y objetivos del Tratado;
Hacen constar su reconocimiento de que el Perú, la República de Corea y Finlandia han cumplido los requisitos establecidos en el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado Antártico y que, en consecuencia, durante el tiempo que continúen, de conformidad con el Artículo IX, párrafo 2, del Tratado, demostrando su interés en la Antártida, tienen derecho a nombrar Representantes para participar en las Reuniones Consultivas previstas en el Artículo IX, párrafo 1, del Tratado y, por la presente, dan una calurosa bienvenida al Perú, la República de Corea y Finlandia como participantes en dichas reuniones.
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Nota del traductor: el texto en español fue generado con posterioridad a la fecha original de la reunión. Abril de 2020.