Recordando la Decisión 3 (2004) sobre el nombramiento del Secretario Ejecutivo;
Recordando además la Decisión 2 (2007) sobre la prórroga del nombramiento del Secretario Ejecutivo;
Recordando asimismo el artículo 3 de la Medida 1 (2003) sobre el nombramiento del Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Tratado Antártico;
Teniendo en cuenta el párrafo 3 de la Decisión 2 (2003) sobre la aplicación provisional de la Medida 1 (2003), y
Tomando nota del artículo 6.1 del Reglamento del Personal de la Secretaría del Tratado Antártico,
Deciden:
Que el Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Tratado Antártico sea seleccionado y nombrado de conformidad con el siguiente procedimiento:
Aviso
La Secretaría del Tratado Antártico anunciará la vacante en su sitio web e incluya información sobre las funciones, los criterios de selección, el proceso de presentación de solicitudes, el reglamento del personal y cualquier otra información pertinente.
Las Partes Consultivas podrán, por cuenta propia, anunciar la vacante en las publicaciones, sitios web y otros medios que consideren apropiados.
Candidatos admisibles
Los candidatos deberán satisfacer los siguientes criterios de selección:
1) Demostrar experiencia o conocimiento pormenorizado de las operaciones de reuniones internacionales u organismos internacionales.
2) Demostrar un alto grado de experiencia de gestión y liderazgo así como competencia en ámbitos tales como:
a) selección y supervisión de personal profesional, administrativo y técnico;
b) preparación de presupuestos financieros y gestión de gastos;
c) organización de reuniones y servicios de secretaría para comités de alto nivel; y
d) supervisión y gestión de servicios de computación y tecnología de la información.
3) Estar familiarizado con asuntos antárticos, entre ellos los principios del Tratado Antártico y el alcance de las actividades en la región.
4) Dominar uno de los cuatro idiomas de trabajo oficiales de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (español, francés, inglés o ruso).
5) Tener título universitario, título académico o formación equivalente.
6) Ser ciudadano de una Parte Consultiva del Tratado Antártico.
Presentación de solicitudes admisibles
Los ciudadanos de una Parte Consultiva pueden presentar la solicitud para postularse al cargo de Secretario Ejecutivo únicamente ante sus autoridades nacionales, quienes serán responsables de enviar las solicitudes a la Secretaría del Tratado Antártico, a más tardar 180 días antes de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico en la cual se considerará la selección del Secretario Ejecutivo. Las solicitudes deberán enviarse por vía electrónica. Las solicitudes recibidas después de esa fecha no serán consideradas.
Recepción de solicitudes
La Secretaría del Tratado Antártico notificará a las Partes Consultivas que ha recibido las solicitudes.
Disponibilidad de solicitudes
La Secretaría del Tratado Antártico enviará inmediatamente por vía electrónica al Representante de cada Parte Consultiva una copia de cada solicitud recibida a más tardar 180 días antes de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico en la cual se considerará la selección del Secretario Ejecutivo.
Clasificación de los candidatos
Las Partes Consultivas notificarán al gobierno depositario la lista de hasta 10 candidatos, en orden de preferencia, a más tardar 120 días antes de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente. En relación con las clasificaciones recibidas antes de que venza el plazo, el gobierno depositario sumará el puntaje recibido por cada candidato, otorgándole 10 puntos a una primera preferencia, 9 a una segunda y así sucesivamente.
Finalistas
Los cinco candidatos que hayan obtenido los mayores puntajes acumulados integrarán la lista de finalistas. Si algún candidato retirara su solicitud, será reemplazado por el que le siga en la clasificación.
Proceso de entrevistas
El gobierno depositario dará a conocer a las Partes Consultivas, por intermedio de la Secretaría del Tratado Antártico, los nombres de los finalistas a más tardar 60 días antes Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente. La Secretaría del Tratado Antártico invitará a los candidatos finalistas a una entrevista que se realizará durante esa Reunión Consultiva del Tratado Antártico.
Los gastos de viaje y viáticos de los finalistas invitados a la entrevista correrán por cuenta de los propios candidatos. Se insta a las Partes Consultivas correspondientes a hacerse cargo de dicho costo.
Los finalistas serán entrevistados por aquellos jefes de delegación que deseen participar en el proceso de selección durante la Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente.
Al finalizar la primera semana de la Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente, el Presidente de la Reunión notificará el resultado del proceso de selección a los finalistas.
Selección
La Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente adoptará una Decisión con respecto al nombramiento del candidato seleccionado.
El candidato elegido deberá celebrar un contrato en el que se indiquen las condiciones de su empleo.
Fecha de inicio de actividades
El candidato elegido se presentará en la sede de la Secretaría en Buenos Aires para asumir sus funciones a más tardar en la fecha acordada por la Reunión Consultiva del Tratado Antártico correspondiente.