Los Representantes,
Observando que el Anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente (“el Protocolo”) establece que la Reunión Consultiva del Tratado Antártico (“RCTA”) apruebe propuestas para designar una Zona Antártica Especialmente Protegida (“ZAEP”) o una Zona Antártica Especialmente Administrada (“ZAEA”), apruebe o modifique un Plan de Gestión para dicha Zona, o designe un Sitio o Monumento Histórico (“SMH”) a través de una Medida en conformidad con el Artículo IX(1) del Tratado Antártico;
Conscientes de la necesidad de garantizar la claridad en relación con el actual estado de cada ZAEP y ZAEA y su Plan de Gestión, y de cada SMH;
Recordando la Resolución 3 (2008), que recomienda que se utilice el Análisis de Dominios Ambientales para el continente antártico, anexo a esta, en forma coherente y junto con otros instrumentos acordados en el Sistema del Tratado Antártico como modelo dinámico para la selección de zonas que pudieran ser designadas como ZAEP conforme a los criterios ambientales y geográficos sistemáticos a los cuales se hace referencia en el Artículo 3(2) del Anexo V al Protocolo;
Recordando, además, la Resolución 6 (2012), que recomienda que las Regiones Biogeográficas de Conservación Antártica se utilicen en conjunto con el Análisis de Dominios Ambientales y otros instrumentos aprobados en el Sistema del Tratado Antártico para apoyar las actividades relevantes a los intereses de las Partes, incluso como un modelo dinámico para la identificación de áreas que podrían ser designadas como ZAEP según el criterio ambiental y geográfico sistemático mencionado en el artículo 3(2) del Anexo V al Protocolo;
Recordando, además, la Resolución 5 (2015), y el informe sobre Áreas importantes para la conservación de las aves en la Antártida;
Recordando también la Resolución 1 (2008), que recomendó que la Guía para la Presentación de Documentos de Trabajo que contengan propuestas relativas a Zonas Antárticas Especialmente Protegidas, a Zonas Antárticas Especialmente Administradas o a Sitios y Monumentos Históricos (“la Guía”), anexo a esta, sea utilizada por quienes participan en la preparación de dichos Documentos de Trabajo;
Deseando actualizar la actual versión de la Guía anexa a la Resolución 5 (2011), a fin de reflejar los nuevos instrumentos que pueden utilizarse en la identificación de zonas protegidas en el marco de los criterios ambientales y geográficos sistemáticos;
Recomiendan que:
1. la Guía revisada para la Presentación de Documentos de Trabajo que contengan propuestas relativas a Zonas Antárticas Especialmente Protegidas, a Zonas Antárticas Especialmente Administradas o a Sitios y Monumentos Históricos anexa a esta Resolución, sea utilizada por quienes participan en la preparación de dichos Documentos de Trabajo; y
2. la Secretaría publique el texto de la Resolución 5 (2011) en su sitio web de manera que deje en claro que ya no tiene vigencia.