Eliminación y Tratamiento
de Residuos
El Anexo III al Protocolo Medioambiental establece que “Se reducirá, en la medida de lo posible, la cantidad de residuos producidos o eliminados en el área del Tratado Antártico, con el fin de minimizar su repercusión en el medio ambiente antártico y de minimizar las interferencias con los valores naturales de la Antártida, con la investigación científica o con los otros usos de la Antártida que sean compatibles con el Tratado Antártico” (Artículo 1.2).
El Anexo provee una lista de tipos de residuos que tienen que ser removidos y establece normas para la eliminación de residuos por incineración y otras formas de disposición en tierra o en el mar y respecto del almacenamiento. Algunos productos, como PCB, no pueden ser introducidos en la Antártida de ninguna manera.
Se establecen también principios para la etapa de planificación en la gestión de residuos, para implementar las normas arriba mencionadas y para reducir el impacto que los residuos puedan tener sobre el medio ambiente. En la planificación y gestión de actividades se consideran esenciales el reciclado y la reducción de fuentes de residuos. El Anexo considera también la remoción de residuos provenientes de actividades pasadas.
En 2013, la Reunión Consultiva del Tratado Antártico adoptó el Manual de Limpieza para ayudar a abordar sus obligaciones en virtud del Artículo 1 (5) del Anexo III del Protocolo (última actualización: 2019).
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