Los representantes,
recordando los artículos 3, 5 y 6 del anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, que establecen la designación de las Zonas Antárticas Especialmente Protegidas («ZAEP») y la aprobación de los planes de gestión para dichas Zonas;
recordando:
la Recomendación X-5 (1979), que designó la Costa Occidental de la Bahía Almirantazgo (bahía Lasserre), isla Rey Jorge (isla 25 de Mayo), islas Shetland del Sur, como Sitio de Especial Interés Científico (SEIC) n.º 8 y anexó un Plan de Gestión para el sitio;
las Recomendaciones XII-5 (1983), XIII-7 (1985) y la Resolución 7 (1995), que extendieron la fecha de expiración del SEIC 8;
la Medida 1 (2000), que aprobó un Plan de Gestión revisado para el SEIC 8;
la Decisión 1 (2002), que cambió el nombre y número del SEIC 8 a la ZAEP 128;
la Medida 2 (2006), que designó la bahía Almirantazgo (bahía Lasserre), isla Rey Jorge (isla 25 de Mayo) como Zona Antártica Especialmente Administrada («ZAEA») n.º 1, dentro de la cual se ubica la ZAEP 128;
las Medidas 14 (2014) y 1 (2023), que aprobaron planes de gestión revisados para la ZAEA 1;
las Medidas 4 (2014) y 2 (2019), que aprobaron planes de gestión revisados para la ZAEP 128;
recordando que las Recomendaciones X-5 (1979), XII-5 (1983), XIII-7 (1985) y la Resolución 7 (1995) fueron designadas obsoletas por la Decisión 1 (2011);
recordando que la Medida 1 (2000) no entró en vigor y que fue desplazada por la Decisión 3 (2017);
observando que el Comité para la Protección del Medio Ambiente («CPA») refrendó un Plan de Gestión revisado para la ZAEP 128;
deseando reemplazar el actual Plan de Gestión para la ZAEP 128 por el Plan de Gestión revisado;
recomiendan a sus Gobiernos la siguiente Medida para su aprobación de conformidad con el párrafo 1 del artículo 6 del anexo V al Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente:
que:
1. se apruebe el Plan de Gestión revisado para la Zona Antártica Especialmente Protegida n.º 128 (Costa Occidental de la Bahía Almirantazgo [bahía Lasserre], isla Rey Jorge [isla 25 de Mayo], islas Shetland del Sur), anexado a esta Medida; y
2. se revoque el plan de gestión de la Zona Antártica Especialmente Protegida n.º 128 anexo a la Medida 2 (2019).