Los Representantes:
recordando el Reglamento Financiero de la Secretaría del Tratado Antártico («el Reglamento Financiero») anexo a la Decisión 4 (2003) y modificado por la Decisión 6 (2005), y en particular el artículo 11 («auditoría externa»);
conscientes de que la Secretaría del Tratado Antártico («la Secretaría») realiza la mayoría de sus transacciones financieras en la Argentina, y que las reglas detalladas de teneduría de libros y contabilidad son específicas para cada país;
teniendo en cuenta la propuesta por parte de la Argentina de designar a la Sindicatura General de la Nación («SIGEN») como auditor externo para la Secretaría;
deciden:
1. designar a la Sindicatura General de la Nación como auditor externo de la Secretaría para los ejercicios 2025/26 a 2028/29, de conformidad con la Regla 11.1 del Reglamento Financiero de la Secretaría del Tratado Antártico; y
2. autorizar al Secretario Ejecutivo a negociar un contrato con la Sindicatura General de la Nación para realizar auditorías externas anuales por los años antes mencionados de conformidad con la Regla 11.3, anexo a la presente Decisión, la cual enumera las tareas que hay que realizar y los límites presupuestarios establecidos por la Reunión Consultiva del Tratado Antártico.