Secretariat of the Antarctic Treaty

Recomendación VIII-2 (RCTA VIII - Oslo, 1975)

  • Tema

    Términos para las ZEP Nro. 6 (Cabo Crozier), 10 (Península Byers) y 12 (Península Fildes)

  • Status

    En vigor 01/11/1982. Ya no vigente: D 1 (2011)

  • Categoría

    Protección y gestión de zonas

  • Tópico

    - Cabo Crozier (ZAEP 124)
    - Península Byers (ZAEP 126)
    - Península Fildes (ZAEP 125)
    - ZEPs (Zonas Especialmente Protegidas)

  • Adjuntos

  • Párrafo relevante del Informe Final

    8

REVISIÓN DE ZONAS ESPECIALMENTE PROTEGIDAS

Los Representantes,
Recordando las Recomendaciones III-VIII y VII-2;

Conscientes de la necesidad de revisar la lista de Zonas Especialmente Protegidas del Anexo B de las Medidas Convenidas para la Conservación de la Fauna y de la Flora en la Antártida en vista de la experiencia adquirida;

Recordando los criterios establecidos en el párrafo 1 de la Recomendación VII-2 para la selección de Zonas Especialmente Protegidas;

Tomando nota con reconocimiento de la respuesta del Comité Científico de Investigación Antártica (SCAR) al párrafo 2 de la Recomendación VII-2;

Recomiendan a sus Gobiernos que:
1. Se cancelen las siguientes Recomendaciones, que recomiendan la inclusión de determinadas zonas definidas en el Anexo B, Zonas Especialmente Protegidas, de las Medidas Convenidas para la Conservación de la Fauna y de la Flora en la Antártida:
(a) Recomendación IV-6 (Zonas Especialmente Protegidas: cabo Crozier, isla de Ross)
(b) Recomendación IV-10 (Zonas Especialmente Protegidas: península Byers)
(c) Recomendación IV-12 (Zonas Especialmente Protegidas: península Fildes)
(d) Recomendación V-5 (Zonas Especialmente Protegidas: península Fildes)
2. Los números 6, 10 y 12 del Anexo B de las Medidas Convenidas no deben usarse para otras Zonas Especialmente Protegidas.